Ventanilla 2027
Ventanilla Social es la herramienta oficial del DNP para consultar tu clasificación. Puedes consultar el RUI por cédula, gratis y sin crear una cuenta. Esta guía explica el proceso paso a paso, la transición hasta 2027 tras el Decreto 1621 y qué hacer si cambió tu grupo.
- Consulta gratuita
- Sin registro ni contraseña
- RUI y Sisbén IV integrados
¿Qué es la Ventanilla Social DNP 2027?
Ventanilla Social es la plataforma oficial del Departamento Nacional de Planeación (DNP) de Colombia que permite consultar la clasificación del Registro Universal de Ingresos (RUI) y del Sisbén IV. Los ciudadanos pueden revisar esta información con su documento de identidad, de forma gratuita y sin crear una cuenta.
Esta herramienta facilita el acceso a la información social de los hogares colombianos. A través de ella, puedes conocer tu clasificación, revisar los datos disponibles en el sistema y encontrar información sobre los programas sociales del Gobierno.
Para comprender cómo funciona, es importante diferenciar tres conceptos:
- Registro Social de Hogares (RSH): reúne información de los hogares colombianos a partir de diferentes fuentes oficiales.
- Registro Universal de Ingresos (RUI): utiliza esa información para estimar la capacidad de generación de ingresos y clasificar a los hogares.
- Ventanilla Social: es el portal donde los ciudadanos pueden consultar su clasificación y acceder a información relacionada con la oferta social.
En otras palabras, el Registro Social de Hogares reúne los datos, el RUI los utiliza para establecer una clasificación y la Ventanilla Social permite consultar el resultado.
¿Para Qué sirve la Ventanilla Social?
La Ventanilla Social del DNP ayuda a los ciudadanos a consultar su información social y conocer los servicios disponibles. Sus principales funciones son:
- Consultar el RUI por cédula: revisa tu clasificación del RUI y del Sisbén IV utilizando tu número de documento.
- Descargar el Reporte RUI: obtén un documento PDF con ambas clasificaciones y los datos registrados.
- Conocer la oferta social: encuentra información sobre programas, subsidios y servicios sociales del Estado colombiano.
- Acceder al Portal Ciudadano: entra a tu cuenta para consultar información adicional del hogar, actualizar datos de contacto o realizar otras solicitudes disponibles.
Importante: La Ventanilla Social no aprueba subsidios, entrega pagos ni decide quién puede recibir una ayuda económica. Cada programa social selecciona a sus beneficiarios según sus propios requisitos.
El Decreto 1621 del 28 de octubre de 2026 adoptó formalmente la Ventanilla Social como herramienta oficial del DNP para consultar la clasificación del RUI.
Puedes acceder directamente desde el portal oficial de Ventanilla Social.

Qué Cambió con el Decreto 1621
El Decreto 1621 del 28 de octubre de 2026 amplió la transición del Sisbén IV al Registro Universal de Ingresos (RUI). Si te preocupa perder un subsidio o no sabes cuál clasificación sigue vigente, el cambio principal es que los programas sociales tienen hasta el 31 de diciembre de 2027 para adaptarse al nuevo sistema.
La ampliación no significa que el RUI haya dejado de funcionar. Tampoco elimina el Sisbén IV ni modifica automáticamente la situación de los beneficiarios.
La nueva fecha de la transición: 31 de diciembre de 2027
El Gobierno de Colombia expidió el Decreto 1621 el 28 de octubre de 2026. Lo firmaron el presidente de la República y Julián Buitrago Arango, director del Departamento Nacional de Planeación (DNP).
El Artículo 3 del Decreto 1621 establece que la transición de la oferta social del Sisbén IV al RUI se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.
Antes, el Decreto 662 de 2026 había fijado el 31 de octubre de 2026 como fecha de cierre. Ese plazo fue reemplazado.
El DNP confirmó la ampliación en un comunicado oficial del 30 de octubre de 2026. El nuevo decreto rige desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
La medida cubre a los hogares identificados con el Sisbén IV al 31 de julio de 2026 y a quienes ingresen o actualicen sus datos durante la transición.
Desde el 1 de enero de 2028, el RUI quedará como instrumento único de focalización de la oferta social.
Además, el decreto adoptó formalmente la Ventanilla Social como herramienta oficial de consulta del RUI. También reemplazó la Resolución 2383 de 2026, sin quitar validez a los trámites realizados bajo esa resolución.
Por qué se amplió la transición
La ampliación responde a dificultades encontradas durante la implementación del RUI. El modelo necesitaba ajustes y varias entidades requerían más tiempo para adaptar sus procesos.
Entre las principales razones están:
- Más de 120.000 peticiones ciudadanas: numerosas personas manifestaron inconformidad con su nueva clasificación.
- Problemas en la estimación de ingresos: se conocieron casos de funcionarios con ingresos y patrimonios altos ubicados en categorías de pobreza o vulnerabilidad, documentados por la revista Cambio.
- Ajustes técnicos pendientes: el DNP identificó la necesidad de mejorar sus cálculos, especialmente porque los ingresos pueden variar cada mes y existe una alta informalidad laboral.
- Entidades sin preparación suficiente: el Ministerio de Salud mantenía criterios propios y Prosperidad Social informó que todavía no había incorporado beneficiarios usando el RUI.
- Afectaciones por el sismo: el terremoto del 10 de agosto de 2026, de magnitud 7,4 y epicentro en San José del Palmar, Chocó, afectó a más de 476 municipios.
Estos factores hicieron necesario ampliar el plazo para revisar clasificaciones, mejorar el sistema y facilitar la adaptación de los programas sociales.
Qué NO cambió con el decreto
Aunque cambió el calendario, varias reglas continúan iguales.
La consulta del RUI por cédula sigue siendo gratuita, sin registro y sin contraseña. Puedes realizarla desde el portal oficial de la Ventanilla Social.
El Sisbén IV tampoco desapareció. Su encuesta continúa como fuente de información del Registro Social de Hogares, que sirve para construir el RUI.
Por su parte, el RUI sigue funcionando como instrumento principal de focalización desde el 1 de agosto de 2026.
Lo más importante es que pertenecer a un grupo no significa recibir o perder un subsidio automáticamente. Cada programa mantiene sus propios criterios de selección, permanencia y salida.
Por qué tu reporte todavía puede decir “31 de octubre de 2026”
Si tu Reporte RUI muestra que la clasificación del Sisbén IV tenía vigencia hasta el 31 de octubre de 2026, no significa que tu clasificación haya terminado.
En consultas realizadas el 29 de octubre de 2026, el portal todavía mostraba esa fecha. El caso fue documentado por el medio Wintor ABC.
La explicación es sencilla: la fecha corresponde al cronograma anterior del Decreto 662 de 2026. La tarjeta del Sisbén IV utiliza información con corte al 31 de julio de 2026.
Esa fecha representa un calendario general, no una decisión individual sobre tu hogar. Tampoco significa que un subsidio haya sido suspendido.
No necesitas solicitar una nueva encuesta únicamente porque aparezca esa fecha.
El plazo vigente para la transición es el 31 de diciembre de 2027, según el Decreto 1621 del 28 de octubre de 2026.
Última verificación: 1 de noviembre de 2026.

Consulta tu RUI por Cédula en la Ventanilla Social
Consulta tu RUI por cédula desde la Ventanilla Social para conocer tu clasificación actual y compararla con la del Sisbén IV. El trámite es gratuito, toma pocos minutos y no necesitas crear una cuenta ni utilizar contraseña.
Antes de empezar, ten a mano tu documento de identidad. El sistema permite consultar con estos tipos de documento:
- Cédula de ciudadanía.
- Cédula de extranjería.
- Tarjeta de identidad.
- Registro civil.
- Permiso por Protección Temporal (PPT).
Sigue los pasos para hacer tu consulta directamente desde el portal del DNP.
Paso 1: Entra al portal oficial de la Ventanilla Social
Abre tu navegador y escribe la dirección oficial: https://ventanillasocial.dnp.gov.co.
Verifica que la dirección corresponda al dominio del DNP. Evita páginas parecidas que pidan pagos, contraseñas o información que no necesitas entregar para esta consulta.
La herramienta oficial permite revisar tu clasificación sin intermediarios.
Paso 2: Abre la opción Consulta RUI del menú superior
Busca la opción Consulta RUI en el menú superior del portal.
Al seleccionarla, se abre el panel donde puedes ingresar tus datos. No tienes que salir de la página principal ni iniciar sesión.
Si una pantalla te pide contraseña, probablemente estás entrando a la cuenta del Portal Ciudadano, que es un servicio diferente.
Paso 3: Elige tu tipo de documento
En el formulario encontrarás una lista de tipos de identificación.
Selecciona el documento con el que estás registrado. Por ejemplo, si tu registro corresponde a una cédula de ciudadanía, elige esa opción.
Usar un tipo de documento diferente puede impedir que el sistema encuentre tu información.
Paso 4: Escribe tu número de documento
Ingresa el número de identificación en el campo correspondiente.
Escríbelo sin puntos, espacios ni guiones. Revisa cada número antes de continuar.
Un error al escribir la identificación puede hacer que la consulta no encuentre resultados, aunque tu registro exista.
Paso 5: Pulsa el botón Consultar
Después de seleccionar el tipo de documento y escribir el número, presiona Consultar.
El sistema buscará la información correspondiente a tu identificación.
No necesitas ingresar correo electrónico, crear una contraseña ni realizar ningún pago para obtener el resultado público.
Paso 6: Revisa tu Reporte RUI con las dos clasificaciones
Cuando aparezca el resultado, encontrarás información de tu clasificación en el RUI y en el Sisbén IV.
El reporte presenta ambas clasificaciones en tarjetas separadas. La del RUI aparece arriba y la del Sisbén IV debajo.
Comprueba que los datos personales correspondan a tu identificación. También revisa el grupo y subgrupo que aparece en cada tarjeta.
Recuerda que las dos clasificaciones pueden ser diferentes porque utilizan metodologías distintas.
Paso 7: Descarga o imprime tu reporte
Busca el botón Imprimir reporte.
Al utilizarlo, podrás generar el documento en formato PDF para guardarlo o imprimirlo.
Conserva una copia para consultar tu información cuando la necesites. El reporte permite revisar las dos clasificaciones sin tener que recordar cada grupo.
Qué muestra tu Reporte RUI
El Reporte RUI es el documento oficial que genera la Ventanilla Social después de realizar una consulta.
Incluye estos elementos:
- Clasificación del RUI: muestra el grupo y subgrupo asignados al hogar.
- Clasificación del Sisbén IV: presenta la información con corte al 31 de julio de 2026.
- Datos personales: permite identificar a la persona consultada.
- Datos generales de salud: muestra información relacionada con este aspecto.
- Fecha de última actualización: indica cuándo se actualizó la información registrada.
La fecha de actualización es especialmente útil si cambiaste de empleo, domicilio o composición del hogar.
No debes confundir esa fecha con el cierre general de la transición establecido por el Decreto 1621 de 2026.
Qué NO muestra el Reporte RUI
Hay algo importante que muchas personas desconocen: el Reporte RUI no muestra cuánto dinero gana tu hogar.
Tampoco incluye una lista de subsidios asignados, valores de pagos o montos de ayudas económicas.
Por ejemplo, si tu reporte muestra el grupo B04, ese dato no significa que tengas aprobado un pago de Renta Ciudadana o de otro programa.
El documento únicamente informa sobre tu clasificación y otros datos registrados.
Si una página o un intermediario presenta un supuesto Reporte RUI con cifras de ingresos, montos de subsidios o promesas de pago, desconfía. Ese contenido no corresponde al reporte oficial descrito por el DNP.
No entregues contraseñas ni pagues por obtener información que puedes consultar gratuitamente.
La diferencia entre el Reporte RUI y el certificado del Sisbén
El Reporte RUI y el certificado del Sisbén son documentos diferentes.
El primero se obtiene desde la Ventanilla Social y presenta las clasificaciones del RUI y del Sisbén IV.
El segundo pertenece al sistema Sisbén y se obtiene mediante sus canales oficiales.
Si una entidad te solicita específicamente el certificado del Sisbén, no debes asumir que el Reporte RUI lo reemplaza.
Revisa qué documento exige el trámite antes de presentarlo. Así evitarás entregar un soporte diferente al solicitado.
La Transición Hasta 2027, Fecha por Fecha
La transición del Sisbén IV al RUI tuvo varios cambios de calendario. Si encuentras fechas distintas en documentos o reportes, debes identificar qué decreto estableció cada plazo.
El Decreto 875 de 2024 fijó reglas del sistema. Después, el Decreto 662 de 2026 estableció un calendario que fue modificado por el Decreto 1621 del 28 de octubre de 2026.
Este último amplió la transición hasta el 31 de diciembre de 2027.
| Fecha | Qué pasa |
| 1 de agosto de 2026 | El RUI empieza a operar como instrumento principal de focalización (Decreto 662 de 2026). |
| 28 de octubre de 2026 | El Decreto 1621 amplía el periodo de transición de la oferta social. |
| 31 de octubre de 2026 | La fecha anterior vence sin efectos automáticos para los hogares. |
| Durante 2027 | Cada programa social publica su propio esquema de transición. |
| 31 de diciembre de 2027 | Cierra el periodo de transición establecido por el Decreto 1621. |
| 1 de enero de 2028 | El RUI queda como instrumento único de focalización. |
La fecha anterior, 31 de octubre de 2026, ya pasó. Su vencimiento no produjo por sí solo la pérdida de clasificaciones ni subsidios.
Durante el nuevo periodo, cada entidad debe preparar su adaptación al RUI.
Esto significa que dos programas sociales pueden aplicar cambios en momentos distintos.
Por eso, además de conocer el calendario general, conviene revisar las decisiones de la entidad responsable del programa que recibes.

Qué Pasa con tu Subsidio durante la Transición
Tu subsidio no se pierde automáticamente porque tu clasificación cambió del Sisbén IV al RUI. El Decreto 1621 de 2026 amplió el periodo de transición para que los programas adapten sus procesos sin provocar afectaciones injustificadas.
Sin embargo, esto no significa que todos los beneficiarios tengan garantizada su permanencia. Cada programa conserva sus propias reglas.
Ningún programa te saca automáticamente por el cambio de grupo
Para entender qué pasa con tu ayuda, primero debes distinguir dos conceptos.
La clasificación es el grupo que aparece en el RUI o en el Sisbén IV. Sirve como información para identificar las condiciones de un hogar.
La selección de beneficiarios es la decisión que toma cada programa social según sus requisitos.
Por ejemplo, si tu grupo del RUI es diferente al del Sisbén IV, eso no significa que la Ventanilla Social haya ordenado retirarte de Colombia Mayor.
La entidad responsable debe aplicar las condiciones de su programa y las reglas de transición correspondientes.
El Decreto 875 de 2024 establece que el RUI, por sí solo, no concede ni retira beneficios.
Durante la transición, las entidades deben adoptar medidas para evitar interrupciones injustificadas en la atención de los hogares.
Cada programa publica su propio esquema de transición
Este es uno de los cambios más importantes del Decreto 1621 de 2026.
La norma establece que las entidades responsables de la oferta social deben definir y publicar su propio esquema de transición al RUI.
Ese esquema debe explicar cómo se realizará el cambio.
Entre sus elementos están:
- Cronograma: cuándo empezará cada etapa de adaptación.
- Criterios de focalización: qué información utilizará el programa para seleccionar beneficiarios.
- Medidas de protección: cómo se evitarán afectaciones injustificadas durante el proceso.
Esto tiene una consecuencia práctica: dos programas pueden empezar a utilizar el RUI en momentos diferentes.
Por ejemplo, Renta Ciudadana y Colombia Mayor no tienen necesariamente que aplicar sus cambios el mismo día, aunque ambos estén bajo la responsabilidad de Prosperidad Social.
Por eso, la pregunta más útil no es solamente cuándo termina la transición general.
También debes preguntar: ¿mi programa ya publicó sus reglas para utilizar el RUI?
Tabla de seguimiento por programa
La siguiente tabla identifica cuatro programas sociales y las entidades responsables de sus procesos.
El estado corresponde a la información de seguimiento indicada para el 1 de noviembre de 2026. No debe interpretarse como una confirmación permanente de que las entidades no hayan publicado nuevas reglas.
| Programa | Entidad responsable | ¿Ya publicó su esquema? | Qué dice el esquema | Fecha de revisión |
| Renta Ciudadana | Prosperidad Social | Sin esquema publicado | Por verificar | 1 de noviembre de 2026 |
| Compensación del IVA | Prosperidad Social | Sin esquema publicado | Por verificar | 1 de noviembre de 2026 |
| Colombia Mayor | Prosperidad Social | Sin esquema publicado | Por verificar | 1 de noviembre de 2026 |
| Ingreso Mínimo Garantizado | Alcaldía de Bogotá | Sin esquema publicado | Por verificar | 1 de noviembre de 2026 |
Última revisión de esta tabla: 1 de noviembre de 2026.
El estado de cada programa debe actualizarse únicamente cuando su entidad responsable publique información en un canal oficial.
No conviene tomar decisiones sobre subsidios basándose en rumores, publicaciones sin fuente o reglas de otro programa.
Mientras tanto, no necesitas realizar un trámite urgente únicamente por la ampliación. Puedes revisar tu clasificación, descargar tu Reporte RUI y consultar las comunicaciones del programa al que perteneces.
Si tu Grupo Cambió o Está Mal: Qué Hacer
Si tu grupo del RUI cambió o parece incorrecto, primero revisa qué información utilizó el sistema. No todos los cambios significan que exista un error.
El RUI estima la capacidad de ingresos del hogar utilizando diferentes registros. Por eso, su clasificación puede ser distinta a la del Sisbén IV.
Primero revisa la fecha de actualización de tu reporte
El Reporte RUI muestra la fecha de la última actualización de tu información.
Este dato es importante porque los cambios no siempre aparecen inmediatamente.
Por ejemplo, si cambiaste de empleo, dirección o composición del hogar, la entidad correspondiente puede necesitar tiempo para reportar la novedad.
Según las reglas del sistema, la nueva clasificación se publica en un máximo de seis días hábiles después de que el DNP recibe la información.
El plazo se cuenta desde que el DNP recibe los datos, no necesariamente desde el día en que informaste el cambio a otra entidad.
Antes de presentar una solicitud de corrección, compara la fecha de actualización con el momento en que cambió tu situación.
Qué significa “solo ingreso estimado”
Si tu reporte indica “solo ingreso estimado”, significa que los registros administrativos disponibles sobre tu hogar están incompletos.
En esa situación, el sistema calcula la clasificación mediante una estimación de ingresos.
Esto no significa que hayas cometido una falta ni que exista una sanción.
La expresión sirve para identificar cómo se calculó tu grupo.
También indica que puede ser importante revisar la información registrada y utilizar los mecanismos de actualización correspondientes.
El Decreto 875 de 2024 contempla la autodeclaración para los hogares cuya clasificación se basa en ingresos estimados.
Quién corrige qué dato
No todos los errores se corrigen en la misma oficina.
El RUI utiliza información de diferentes entidades. Por eso, debes acudir a la institución responsable del dato que consideras incorrecto.
| Dato con error | Quién lo corrige | Por qué |
| Nombre, documento o fecha de nacimiento | Registraduría | Es la fuente oficial de los datos de identidad. |
| Composición del hogar, dirección o encuesta | Oficina municipal del Sisbén | Gestiona la información de la encuesta en el municipio. |
| Ingresos, empleo o pensión | Entidad que reporta el dato | El RUI recibe información de esa fuente. |
| Correo o teléfono de la cuenta | Usuario dentro del Portal Ciudadano | Son datos de contacto de la cuenta. |
Por ejemplo, si tu nombre está incorrecto, la ruta corresponde a la Registraduría. Si el problema está en la composición del hogar, debes acudir a la oficina municipal del Sisbén.
Corregir un dato en una entidad diferente no garantiza que cambie el registro original.
La autodeclaración: qué es y cuándo aplica
La autodeclaración del RUI es un mecanismo previsto en el Decreto 875 de 2024 para hogares cuya clasificación se basa en ingresos estimados debido a información incompleta.
Permite declarar información del hogar para que el sistema la tenga en cuenta.
La norma contempla realizarla al menos una vez al año cuando corresponda.
Además, el Decreto 1621 de 2026 ordenó flexibilizar los trámites de autodeclaración para los hogares afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026.
Recuerda que corregir la clasificación del RUI no modifica automáticamente la del Sisbén IV. Son clasificaciones independientes.
Tampoco necesitas pagar a intermediarios por una consulta, encuesta o corrección. La encuesta del Sisbén no tiene costo.
Los Grupos del RUI y del Sisbén IV
Los grupos del RUI y del Sisbén IV utilizan letras y números para representar la clasificación socioeconómica de los hogares.
No se trata de una calificación de 0 a 100. La clasificación busca describir la capacidad estimada del hogar para generar ingresos.
Ambos sistemas utilizan cuatro grupos principales.
| Grupo | Significado | Subgrupos |
| A | Pobreza extrema | A1-A5 |
| B | Pobreza moderada | B1-B7 |
| C | Vulnerabilidad | C1-C18 |
| D | Ni pobre ni vulnerable | D1-D21 |
En total existen 51 subgrupos en la escala utilizada por ambos sistemas.
Cada grupo se divide en categorías más específicas. Por ejemplo, el grupo C incluye desde C1 hasta C18.
En el Reporte RUI, algunos subgrupos aparecen escritos con dos dígitos. Por eso, C07 y C7 representan el mismo subgrupo.
¿Todavía existe el puntaje del Sisbén?
El término “puntaje del Sisbén” viene del Sisbén III, que utilizaba una puntuación numérica.
Desde el Sisbén IV se utiliza una clasificación por grupos y subgrupos. El RUI emplea esa misma escala.
También es importante saber que no existen umbrales oficiales de ingresos para cada grupo.
Si encuentras una página que afirma que todos los hogares de un grupo ganan una cantidad exacta de dinero, no debes tomar esa cifra como una regla oficial.
Finalmente, el grupo no determina por sí mismo si recibes un subsidio. Esa decisión corresponde al programa social responsable.
Ventanilla Social y Portal Ciudadano: No Son lo Mismo
Ventanilla Social y Portal Ciudadano ofrecen funciones diferentes. Si solo quieres consultar tu clasificación del RUI, no necesitas crear una cuenta.
La confusión aparece porque ambos servicios están relacionados con la información de los hogares.
La diferencia más fácil de reconocer es esta: la consulta pública nunca pide contraseña.
Si una pantalla te solicita contraseña, estás entrando al servicio de cuenta del Portal Ciudadano, no a la consulta pública del RUI.
| Característica | Consulta pública | Cuenta del Portal Ciudadano |
| ¿Pide registro? | No | Sí, con correo electrónico |
| ¿Pide contraseña? | No | Sí, y código de verificación |
| ¿Qué puedes hacer? | Ver ambas clasificaciones e imprimir el Reporte RUI | Consultar la ficha completa, actualizar contactos, hacer postulaciones y solicitar encuestas |
| ¿Cambia tu clasificación? | No | No, tampoco garantiza subsidios |
Qué necesitas para crear una cuenta
El registro opcional del Portal Ciudadano solicita:
- Tipo y número de documento.
- Fecha de expedición.
- Fecha de nacimiento.
- Correo electrónico.
La activación de la cuenta llega al correo registrado.
Por eso, es importante utilizar una dirección de correo propia, activa y a la que puedas acceder.
Si no recibes el mensaje de activación, primero revisa el correo que registraste.
Recuerda que crear una cuenta no cambia tu clasificación. Tampoco significa que tengas un subsidio aprobado.
Para consultar e imprimir tu Reporte RUI, basta con utilizar la opción pública disponible en la Ventanilla Social.
Mitos sobre la Transición
La transición del Sisbén IV al RUI ha generado dudas sobre fechas, clasificaciones y subsidios. Algunas afirmaciones pueden hacer que los hogares realicen trámites que realmente no necesitan.
Estas son cuatro ideas que conviene aclarar.
Mito: “El Sisbén desaparece en 2026”
Realidad: El Sisbén IV no desaparece.
Según el Decreto 1621 de 2026, puede seguir utilizándose para la focalización de programas durante la transición hasta el 31 de diciembre de 2027.
Su encuesta también continúa como fuente de información del Registro Social de Hogares, del que se construye el RUI.
Mito: “Si mi grupo subió, pierdo el subsidio”
Realidad: Un cambio de grupo no retira automáticamente un subsidio.
Cada programa social aplica sus propios requisitos para seleccionar y mantener beneficiarios.
El Decreto 1621 amplió la transición para facilitar la adaptación y evitar afectaciones injustificadas.
Mito: “Hay que pagar o crear una cuenta para consultar el RUI”
Realidad: La consulta pública es completamente gratuita.
Solo necesitas seleccionar tu tipo de documento e ingresar el número de identificación.
No hace falta registro, contraseña ni intermediarios. Desconfía de quienes cobran por realizar esta consulta.
Mito: “La fecha que dice mi reporte es una decisión sobre mi hogar”
Realidad: La fecha del 31 de octubre de 2026 corresponde al cronograma anterior del Decreto 662 de 2026.
No representa una decisión individual sobre tu clasificación ni demuestra que hayas perdido un beneficio.
El nuevo plazo de transición es el 31 de diciembre de 2027, establecido por el Decreto 1621 del 28 de octubre de 2026.
Preguntas Frecuentes Sobre la Ventanilla Social y el RUI
La Ventanilla Social y el RUI generan preguntas sobre consultas, cambios de grupo, vigencia del Sisbén IV y continuidad de los subsidios. Estas respuestas reúnen las aclaraciones más importantes para consultar tu información y entender la transición.
¿Hasta cuándo es válida mi clasificación del Sisbén IV?
El Sisbén IV puede seguir utilizándose para focalizar beneficiarios durante la transición hasta el 31 de diciembre de 2027, según el Artículo 3 del Decreto 1621 de 2026. Cada programa social debe aplicar su propio esquema de transición.
¿Qué es el Decreto 1621 de 2026?
Es la norma expedida el 28 de octubre de 2026 que amplió la transición del Sisbén IV al RUI hasta el 31 de diciembre de 2027. También ordenó a las entidades publicar sus esquemas de transición y adoptó la Ventanilla Social como herramienta oficial de consulta. El DNP confirmó la medida el 30 de octubre de 2026.
¿Por qué mi reporte dice 31 de octubre de 2026?
Porque esa fecha pertenecía al calendario anterior establecido por el Decreto 662 de 2026. La tarjeta del Sisbén IV utiliza datos con corte al 31 de julio de 2026. La fecha impresa no significa que pierdas tu clasificación o subsidio. El Decreto 1621 amplió la transición hasta el 31 de diciembre de 2027.
¿El RUI reemplaza al Sisbén?
El RUI será el instrumento único de focalización desde el 1 de enero de 2028, cuando termine la transición establecida por el Decreto 1621 de 2026. Mientras tanto, el Sisbén IV puede seguir utilizándose. Su encuesta continuará como fuente de información.
¿La consulta del RUI es gratis?
Sí. Puedes consultar tu clasificación gratuitamente desde la Ventanilla Social oficial. No necesitas realizar pagos ni contratar intermediarios.
¿Necesito registrarme para consultar mi RUI?
No. La consulta pública únicamente solicita el tipo y número de documento. El registro corresponde a la cuenta opcional del Portal Ciudadano, utilizada para otras gestiones.
¿Qué es el Reporte RUI?
Es el documento que genera la Ventanilla Social después de consultar tu identificación. Muestra las clasificaciones del RUI y del Sisbén IV, datos personales, información general de salud y fecha de actualización. Puedes descargarlo en PDF mediante el botón Imprimir reporte.
¿El Reporte RUI es lo mismo que el certificado del Sisbén?
No. Son documentos diferentes. El Reporte RUI se genera en la Ventanilla Social y muestra ambas clasificaciones. El certificado del Sisbén se obtiene mediante los canales propios de ese sistema.
¿Por qué cambió mi grupo en el RUI?
El RUI utiliza una metodología que estima la capacidad de ingresos del hogar mediante registros administrativos e información del Sisbén. Por eso, su clasificación puede ser diferente a la del Sisbén IV. Una clasificación no corrige ni modifica automáticamente la otra.
¿Qué hago si mi clasificación está mal?
Primero revisa la fecha de actualización del Reporte RUI. Después identifica qué información consideras incorrecta. Acude a la Registraduría para datos de identidad, a la oficina municipal del Sisbén para información del hogar o a la entidad que reporta los ingresos. Si tu clasificación se basa solo en ingreso estimado, revisa la opción de autodeclaración.
¿Qué es la autodeclaración?
Es un mecanismo previsto en el Decreto 875 de 2024 para hogares clasificados con ingresos estimados debido a registros incompletos. Permite declarar información al menos una vez al año cuando corresponda. El Decreto 1621 de 2026 ordenó flexibilizar este procedimiento para los hogares afectados por el sismo de agosto de 2026.
¿Todavía existe el puntaje del Sisbén?
El puntaje numérico pertenecía al Sisbén III. Desde el Sisbén IV se utilizan grupos y subgrupos identificados mediante letras y números, como B4 o C7. El RUI también usa esta escala.
¿Qué pasa el 1 de enero de 2028?
Al finalizar la transición del Decreto 1621 de 2026, el RUI quedará como instrumento único de focalización de la oferta social. El Sisbén continuará como fuente de información mediante su encuesta. Cada programa deberá aplicar las reglas correspondientes.
¿La Ventanilla Social decide si recibo un subsidio?
No. La Ventanilla Social permite consultar la clasificación, pero no asigna ni retira beneficiarios. Cada programa social toma esas decisiones según sus requisitos y criterios.
¿Dónde pido una encuesta nueva del Sisbén?
Puedes solicitarla en la oficina del Sisbén de tu municipio. También existe la opción de utilizar la cuenta del Portal Ciudadano donde esa gestión esté habilitada. La encuesta es gratuita y no necesitas pagar a intermediarios.
¿Qué programas sociales usan el RUI?
El RUI está destinado a la focalización de la oferta social del Estado, incluidos programas, servicios y subsidios. Durante la transición del Decreto 1621 de 2026, programas como Renta Ciudadana, Compensación del IVA y Colombia Mayor deben aplicar sus propios esquemas y pueden seguir utilizando el Sisbén IV hasta el 31 de diciembre de 2027.
Fuentes y Método
Esta guía sobre la Ventanilla Social, el RUI y la transición del Sisbén IV utiliza como base la información del Departamento Nacional de Planeación (DNP), el Sisbén, Prosperidad Social y la normativa colombiana.
Las referencias legales incluyen la Ley 2294 de 2023, el Decreto 875 de 2024, el Decreto 662 de 2026 y el Decreto 1621 de 2026.
Los datos y fechas deben contrastarse con las publicaciones oficiales correspondientes. Cuando una norma cambia, el contenido debe actualizarse para evitar que los lectores utilicen información anterior.
La página identifica su fecha de revisión y distingue las reglas generales de las decisiones que corresponden a cada programa social.
Sitio informativo independiente. No pertenece al Gobierno de Colombia, al DNP ni al Sisbén.
